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Crean figura de “asignación para servicio ferroviario” con el que la Sedena operará el Tren Maya

Diputados de Morena aprobaron una iniciativa de reformas que sorprendió al pleno, con una reforma a las leyes de Vías Generales de Comunicación, Reglamentaria del Servicio Ferroviario y Federal de las Entidades Paraestatales, donde se crea y regula la figura de asignación para el servicio ferroviario, lo que beneficiará a la Sedena en la operación del Tren Maya.

En la Ley de Vías Generales de Comunicación se crea la figura de “asignaciones”. 

La reforma a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario prevé la eternidad a la figura asignaciones. 

“El título de asignación a favor de entidades paraestatales tendrá una vigencia indefinida. Una vez otorgada dicha asignación no podrá cederse o transferirse bajo ningún título; solo podrá concluir cuando se acredite fehacientemente que no existe utilidad o interés públicos, interés general, interés social o razones de seguridad nacional que lo justifiquen”, indica la reforma aprobada por el pleno por Morena y aliados.

En la Ley Federal de las Entidades Paraestatales se adiciona un artículo 59 Bis, para establecer que el Ejecutivo federal pueda asignar directamente a entidades paraestatales la prestación de servicios públicos.

Esta asignación podrá darse para el uso, aprovechamiento y explotación de bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, por causas de utilidad e interés públicos, interés general, interés social o de seguridad nacional, cuando no contravenga su objeto social.

Cuando la ley en la materia no regule de manera específica la asignación para la prestación de servicios, esta se regirá, en lo conducente, por las mismas disposiciones que se aplican a las concesiones, se indica en la reforma.

“El título de asignación de prestación de servicios públicos, así como el uso y aprovechamiento de bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación a favor de entidades paraestatales tendrá una vigencia indefinida”, se reitera para permitir la operación eterna del Tren Maya a los militares.

“En ningún caso, la asignación podrá cederse o transferirse a particulares; sólo podrá modificarse o cancelarse cuando se acredite fehacientemente la extinción de las causas de utilidad e interés públicos, interés general, interés social o de seguridad nacional que le dieron origen”, se agrega.

“Por ser una actividad económica prioritaria el Estado debe tener acceso a las asignaciones previstas en la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario”, justificó para crear dicha figura de asignaciones ferroviarias.

En el texto de la iniciativa, se señala que se busca obtener “a largo plazo” la certeza y seguridad jurídica en la Constitución para las entidades paraestatales.

Agrega que se busca que con la asignación no exista una remuneración económica excesiva, entendida como un objeto social, pues a diferencia de una empresa privada, en donde se busca el lucro (concesión con el objeto de un beneficio o ganancia). “Se busque que las personas tengan acceso al uso de los ferrocarriles a un precio justo”.