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Viene la Norma Mexicana de pausas y descansos para operadores de autotransporte

Las de autotransporte de carga y los propios conductores de las unidades en México tendrán que someterse, una vez más, a nuevas normativas que buscan reducir los accidentes en las carreteras del país.

Aunque las autoridades, en este caso la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), y los organismos relacionados con esta actividad, no han revelado los detalles, el anteproyecto de la Norma de conducción y pausa (NOM-SCT-2-087-2017) que será obligatoria para el sector del autotransporte, se puede consultar desde el 17 de mayo pasado en la página de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).

Al hacer una revisión del documento se encontraron los siguientes nuevos lineamientos propuestos por la SCT:

– Todo conductor debe realizar una pausa de 30 minutos cuando: a) Ha conducido hasta cinco horas continuas, o bien; esta pausa podrá distribuirse durante un lapso de cinco horas y media de acuerdo a las condiciones del viaje.

– Los periodos de pausa, en ningún caso podrán ser acumulables.

– Durante todo el tiempo de conducción, el conductor debe portar la Bitácora de Horas de Servicio y exhibirla a la autoridad competente cuando ésta le sea requerida; la cual debe ser de uso personal e intransferible. El registro de los datos de la bitácora se realizará en formatos impresos o electrónicos.

– Los permisionarios pueden aprovechar los dispositivos tecnológicos disponibles con el objeto de cumplir las disposiciones del presente ordenamiento, tales como el tacógrafo u otras aplicaciones electrónicas.

– El permisionario del transporte de pasaje y turismo está obligado a considerar un segundo conductor cuando: a) El tiempo de viaje entre el punto de origen y el destino final exceda las 9 horas. b) En caso de no contar con un segundo conductor, debe apegarse a las horas máximas de servicio y periodos de descanso estipulados en la presente Norma.

– En el autotransporte de carga, deberán organizarse los viajes considerando lo siguiente: a) En viajes que excedan las 10 horas de duración, el conductor deberá tener una pausa no menor a 8 horas continuas, sin menoscabo de cumplir con las pausas mínimas establecidas en presente anteproyecto de Norma.

La normativa resulta de gran relevancia para la industria del transporte, porque después de mucho tiempo habrá una disposición legal que establece descansos para los trabajadores. Insistimos en que el conductor es lo más importante para nuestras empresas, por ello buscamos una constante capacitación”, dijo Rogelio Montemayor, Presidente de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), quien reveló que participaron activamente en la construcción de esta norma.

Por su parte, Adolfo Elim Luviano, titular de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), de la SCT, dijo que esta regulación se inserta en un paquete normativo que tiene como objetivo incentivar la seguridad vial en las carreteras.

El propio anteproyecto afirma que para el sector del autotransporte, esta norma podría generarle gastos de más de tres mil 600 millones de pesos (mdp), pero que se contrastan con los 150 mil mdp que representa el costo total directo de los accidentes.

Según el Instituto Mexicano del Transporte (IMT), el 78.7% de los accidentes es atribuible al factor humano, mientras que esta causa está presente en el 93% de los sucesos, ello lleva al sector a orientar los esfuerzos no sólo al tema de las horas de servicio y descanso, sino también en el terreno de la capacitación y profesionalización del sector.

 

Fuente T21

2 comentarios

  1. Solo tienen que pensar donde se van a estacionar tantos camiones al mismo tiempo, por que no contamos con carreteras que tengan los suficientes paradores y mucho menos seguridad que es lo que menos tenemos en la carretera, existe hoy en dia tantos asaltos al transporte que no hay lugar seguro para que los operadores se detengan a descansar creo que nuestras autoridades deverian de ir pensando primero en como le van hacer para brindar seguridad al transporte, yo les sugiero que lo primero que deberian a hacer es el robo de mercancia y de los trailers lo en un delito federal y que se pongan penas severas de 15 a 30 años de carcel a quien cometan el robo al transporte de carga.

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