Verificación Vehicular en Guanajuato

Verificación Vehicular Verificación Doble Cero (00), Cero (0), Uno (1) y Dos (2)

Antecedentes

Derivado de las “Medidas para mejorar la calidad del aire en la Zona Metropolitana del Valle de México”, anunciadas por la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe), el Gobierno de la Ciudad de México incluyó en su Programa de verificación vehicular obligatorio, nuevas disposiciones para el otorgamiento de los hologramas de verificación vehicular.

En atención a lo antes señalado, la Secretaría de Medio Ambiente y Ordenamiento Territorial (SMAOT) del Estado de Guanajuato, reformó y adicionó diversos dispositivos normativos al Programa Estatal de Verificación Vehicular 2020, mismo que fueron publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, número 57, tercera parte, de fecha 19 de marzo de 2020

En este contexto, y toda vez cubiertos los requisitos que demanda la normatividad aplicable, el 28 de febrero de 2020, el gobierno de la Ciudad de México y el gobierno del Estado refrendaron el Convenio de Coordinación para el reconocimiento de los hologramas del tipo “Exento”, “Doble Cero”, “Cero”, “Uno” y “Dos” que se emitan a los vehículos de uso particular y privado matriculados en el Estado de Guanajuato, para exentar todas o algunas de las restricciones a la circulación establecidas en el programa “Hoy No Circula” de la Ciudad de México Distintivos Doble Cero, Cero, Uno y Dos

Las personas propietarias o poseedoras de vehículos automotores de uso particular o privado, que deseen obtener las constancias y distintivos Doble Cero, Cero, Uno o Dos, deberán acudir a los Verificentros autorizados ubicados en la ciudad de Celaya, Irapuato y León, con el objeto de someter su vehículo a la prueba que según corresponda a su vehículo.

Las constancias y distintivos de verificación Doble Cero, Cero, Uno o Dos solo podrán otorgarse a vehículos registrados en el estado de Guanajuato, exceptuando vehículos de carga y transporte público de pasajeros, como colectivos y taxis. Costos de la verificación tipo Doble Cero, Cero, Uno y Dos: Verificación tipo Doble Cero, Cero, Uno y Dos y Constancias de rechazo $527.00 (quinientos veintisiete pesos 00/100 M.N., I.V.A. Incluido). Reposición de constancias y distintivos Doble Cero, Cero, Uno y Dos $100.00 (cien pesos 00/100 M.N., I.V.A. Incluido). Listado de Verificentros

ClaveDirecciónTipoUbicación
VR-CEL-001Avenida 12 de Octubre número 330, Fraccionamiento Pedregal de San Ángel, Celaya, Gto.0, 00, 1 y 2 (GASOLINA)Mapa
VR-IRA-001Boulevard Solidaridad número. 6307, Colonia Ciudad de Los Olivos, Irapuato, Gto.0, 00, 1 y 2 (GASOLINA)Mapa
VR-LEN-001Boulevard Adolfo López Mateos número 1110 Norte, Colonia Haciendas el Rosario, León, Gto.0, 00, 1 y 2 (GASOLINA)Mapa

Criterios para obtener los distintivos Doble Cero, Cero, Uno y Dos:

TipoVehículos que pueden obtenerloVigenciaValidezRestricciones
DOBLE CEROVehículos nuevos de uso particular, que utilicen gasolina o sean híbridos categoría III, se encuentren en el listado de vehículos candidatos al distintivo 00, además de cumplir con los valores obtenidos de la información proporcionada por los fabricantes. Hasta por 2 ocasiones:
Vehículos que tengan un rendimiento de combustible mayor o igual a 16 km/litro. Por una ocasión:
Vehículos que tengan un rendimiento de combustible mayor o igual 13.5 km/litro y menor a 16.0 km/litro.
Hasta 2 años a partir de la fecha de facturaEn el Estado de Guanajuato y la ZMVMLas que apliquen derivadas de las contingencias publicadas por la Autoridad.
CEROVehículos híbridos categoría III, que cumplan con la prueba de emisiones vehiculares de acuerdo a lo establecido en la NOM-047-SEMARNAT-2014 y no excedan los límites máximos permisibles correspondientes. Vehículos a gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo modelos 2006 y posteriores que cumplan con la prueba SDB de acuerdo a lo establecido en la NOM-167-SEMARNAT-2017.Hasta por 6 meses. Atendiendo los periodos de verificación establecidos.En el Estado de Guanajuato y la ZMVMLas que apliquen derivadas de las contingencias publicadas por la Autoridad.
UNOVehículos a gasolina modelos 1994 a 2005, cuyos niveles de emisión no sobrepasen los límites en prueba dinámica o estática, según corresponda Vehículos a gas natural, gas licuado de petróleo u otros combustibles alternos modelos 1994 y posteriores, cuyos niveles de emisión no sobrepasen los límites en prueba dinámica o estática, según corresponda. Vehículos a gasolina o híbridos categoría III, modelo 2006 y posteriores que carezcan de SDB y no rebasen los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes correspondientesHasta por 6 meses. Atendiendo los periodos de verificación establecidosEn el Estado de Guanajuato y la ZMVMEn Guanajuato no tiene restricciones.
En la ZMVM no podrá circular:
Un día entre semana de acuerdo a su último dígito de placa ni dos sábados al mes en horario de 5:00 a 22:00 horas.
DOSVehículos a gasolina, gas natural, gas licuado de petróleo u otros combustibles alternos modelo 1993 y anteriores, cuyos niveles de emisión no sobrepasen los límites máximos permitidos Vehículos híbridos categoría III cuyos niveles de emisión no sobrepasen los límites en prueba dinámica o estática, según corresponda.Hasta por 6 meses. Atendiendo los periodos de verificación establecidosEn el Estado de Guanajuato y la ZMVMEn Guanajuato no tiene restricciones.
En la ZMVM no podrá circular:
Un día entre semana de acuerdo a su último dígito de placa y ningún sábado al mes en horario de 5:00 a 22:00 horas.

Requisitos para obtener los distintivos Doble Cero, Cero, Uno y Dos:

  1. Presentar el vehículo en condiciones óptimas de funcionamiento a temperatura normal de operación.
  2. Portar la placa y/o matrícula delantera y trasera.
  3. Presentar original y copia simple de la tarjeta de circulación vigente.
  4. Presentar la original y copia simple de la constancia de verificación del período inmediato anterior y contar con el distintivo colocado, con excepción de los vehículos que verifican por primera vez;
    A falta de ambos, presentar original y copia simple del recibo de pago de la multa respectiva.
  5. Para vehículos de modelo reciente que pretendan obtener el distintivo Doble Cero, presentar los requisitos establecidos en la fracción I, II, III y copia simple de la factura, carta factura o documento del que se desprenda la fecha en que fue adquirida la unidad