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Se complica la acreditación de estímulos fiscales al autotransporte

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó las versiones anticipadas de la resolución de facilidades administrativas, que permitirá que transportistas tributen durante el ejercicio fiscal 2019 como lo venían haciendo en años anteriores, pero en este documento modificó la fórmula para ingresos y deducciones.

“Los contribuyentes considerarán como ingresos acumulables para los efectos del ISR los estímulos a que hace referencia la presente regla en el momento en que efectivamente lo acrediten”, se lee en el documento publicado en el portal del SAT.

Lo anterior significa que el acreditamiento del IEPS se considerará acumulable y se obtendrá bajo ésta la base gravable. La resolución tendrá vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su efecto será con fecha del 1 de enero.

De acuerdo con Fernando Villarreal, socio de la consultora fiscal LBM México, con este movimiento se busca fiscalizar a todos los contribuyentes que el organismo tenga en el padrón y la repercusión estará en un menor acreditamiento del IEPS.

Por ejemplo, si el transportista tiene 10 pesos para acreditar de IEPS y registró ingresos de 20 pesos por su actividad de transporte y flete, esos 10 se sumarán a los 20, lo que dará ingresos acumulables de 30 pesos, en lugar de 20. Entonces, a los ingresos acumulables deberá sumarse el IEPS, restar las deducciones del mes y, sobre eso, acreditar el estímulo del diesel.

“Esta regla está diciendo: sí acredita mensualmente el IEPS, pero acumúlalo. La base cambia mucho y el efecto es que será mucho menor el acreditamiento. Lo preocupante es que se considere un ingreso acumulable, lo cual no se había considerado así antes. Nunca había sido marcado expresamente en la ley y nadie lo acumulaba”, indicó.

Al respecto, consideró que los transportistas deben acumular el ingreso del estímulo fiscal del IEPS y aplicar las cuotas actualizadas semana por semana.

Cabe resaltar que las facilidades más importantes –el 8% de deducción, el 7.5% de retención y el 15% de combustibles– se mantienen como en años pasados.

Con información de TYT

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