CargaTransporte MarítimoÚltimas noticias

Publican reglas para pesaje de contenedores 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó el acuerdo por el que se establece los lineamientos para verificar la masa bruta de los contenedores con carga antes de su embarque para transporte marítimo.

Con ello, precisó, se da cumplimiento al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (Convenio SOLAS).

Informó que el acuerdo, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, entra en vigor mañana, para que a partir del 1 de julio de 2016 la carga de exportación que deba ser embarcada en un buque cuente con el documento de expedición de la Masa Bruta Verificada (MBV).

La dependencia mencionó en un comunicado que los lineamientos se establecen considerando que México es Estado Miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) y desde 1977 Gobierno Contratante del Convenio SOLAS, 1974, Enmendado.

Por ello, está obligado a observar y verificar el debido cumplimiento de las disposiciones del mismo.
Destacó que el Convenio SOLAS fue enmendado el 21 de noviembre de 2014, en donde se establece la obligación de verificar la MBV de los contenedores llenos antes de su arribo a bordo del buque, para garantizar su seguridad, así como la de los trabajadores a bordo como en tierra y de la carga en el mar.

Dichas enmiendas entrarán en vigor el 1 de julio de 2016 y especifican que los contenedores embarcados antes de dicha fecha que no cuenten con la MBV y que deban ser transportados a partir del 1 de julio, o posteriormente con destino a su puerto final de descarga, podrán ser transportados sin la MBV por la naviera.

Ello, siempre y cuando el expedidor o su autorizado acrediten mediante el conocimiento de embarque que efectivamente el contenedor fue embarcado antes de la entrada en vigor de la enmienda.

La determinación se dio a conocer a través de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, Dirección General de Marina Mercante de la SCT, y la Secretaría de Marina mediante la Dirección General de Normas.

2 comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *