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¿Cómo afectaría la NOM 236 de verificación vehicular al transporte de última milla?

Hace unas semanas, se había aprobado en México una nueva norma de verificación que establece la revisión de condiciones físico-mecánicas de los vehículos (a parte de la verificación de emisiones que ya conocemos).

Lo anterior se deriva de la NOM-236-SE-2021, que publicó la Secretaría de Economía en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual busca disminuir el índice de accidentes viales derivados de las malas condiciones de los vehículos.

Según lo estipulado, la norma entrará en vigor en 180 días contando a partir del pasado 4 de mayo (es decir, en noviembre de este año aproximadamente).

No obstante, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló en su conferencia mañanera del pasado lunes que no tenía conocimiento de la norma, por lo que frenó el proceso debido a los sobrecostos que esto conllevaría para la población.

“Lo vamos a revisar, no tenía yo conocimiento, ahora estamos procurando que todo lo que perjudique la economía popular se consulte, pero tenemos que sensibilizar a los servidores públicos porque ellos dicen, así está la norma, pero ¿y la gente”, señaló el mandatario.

Ante ello, la Secretaría de Economía está analizando la forma en que se implementará la nueva norma, acorde con la intención del presidente López Obrador de que no obligue al ciudadano a realizar otro trámite, ni que tenga algún costo.

La última milla sería una víctima más de la nueva regulación

Si bien la nueva norma no contempla a los vehículos pesados, sí afectaría a las unidades que se usan para el transporte de última milla (generalmente camionetas, vanes o furgonetas, cuyo peso promedio está por debajo de los 3.8 toneladas de peso que estipula la norma).

La última milla es parte fundamental y el proceso más crítico de la cadena de suministro, ya que es el momento que transcurre desde que el paquete sale del último punto de distribución, hasta que llega al lugar de entrega.

Este tipo de transporte debe enfrentar diversos obstáculos como el tráfico de las ciudades, la dificultad para maniobrar en espacios reducidos, los robos, la falta de estacionamientos y el consumo de combustible.

El aumento exponencial del comercio electrónico durante la pandemia ha provocado que se haya casi duplicado el número de vehículos de reparto en las calles.

En México, el comercio electrónico alcanzó los $401.3 mil millones de

pesos en 2021, habiendo experimentado un crecimiento de 27% en

comparación con el año anterior. Debido a esto, el comercio electrónico

representa el 11.3% de las ventas totales al menudeo.

Lo anterior representa un auténtico reto para las compañías de última milla, quienes deben ajustar sus estrategias de transporte a un nuevo nivel para satisfacer la demanda de los clientes.

Si a todo esto se le suma una nueva revisión de las unidades con un costo adicional, o una posibilidad latente de no poder circular al no ‘pasar’ la prueba, las repercusiones podrían ser catastróficas para la cadena logística.

“No tienen ma… de por sí suben la gasolina cada mes, todo anda súper caro y aparte quieren atorarnos con otro trámite y pago, porque además hay que darle aún más mantenimiento a la unidad”, señaló el conductor de una pequeña camioneta de reparto.

Esto se acentúa si consideramos que, en la actualidad, los costos en la última milla pueden llegar a ser hasta el 75% del costo total de gastos logísticos en México.

¿En qué consiste la nueva norma de verificación?

La nueva verificación vehicular aplica para autos nuevos de procedencia nacional o extranjera que no excedan las 3.8 toneladas de peso (es decir, mayoritariamente vehículos ligeros).

La norma no aplica para aquellos cuyo peso bruto sea menor a 400 kilogramos (carro de golf, motocicletas o go karts), coches con placas de auto clásico, así como aquellos vehículos recreativos que se utilizan en terrenos montañosos o zonas de playa.

La inspección técnica abarca elementos como carrocería y chasis, puertas, cofre, parabrisas y ventanas, limpiaparabrisas, espejos o cámaras, soporte exterior de llanta auxiliar, asientos y sus anclajes, cinturones de seguridad, a la par de velocímetro y claxon.

Además, abarca revisión de faros delanteros, luz de reversa, direccionales, de advertencia, de freno, de matrícula, cuartos de identificación, sistema de frenos, de dirección, sistema de suspensión, motor, transmisión, etc.

¿Cada cuando se debería verificar?

Vehículos de transporte particular: cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año.

Vehículos de transporte particular de 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo: cada año.

Vehículos de uso intensivo (como taxis o Uber): un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada año.

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