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Así será la retención de impuestos para conductors de Uber y otras plataformas

A partir del 1 de junio de 2019, los trabajadores que brindan sus servicios a través de plataformas digitales como Uber, Cabify, Rappi, Uber Eats, Sin Delantal, Bolt, Beat y Conershop empezarán a pagar impuestos a través de un programa que implementará el Servicio de Administración Tributaria (SAT), con lo que podrán tener acceso a los servicios de seguridad social.

Margarita Ríos Farjat, jefa del SAT, indicó que a través del Programa de Colaboración para la Simplificación del Cumplimiento Tributario, no se están creando nuevos impuestos, sino que se está facilitando a los choferes y repartidores de dichas plataformas a cumplir con sus obligaciones fiscales.

“El SAT se suma al esfuerzo y otorga certeza y certidumbre jurídica de cómo aplicar la legislación para que los contribuyentes aporten (…) se busca facilitar e incentivar  el cumplimiento voluntario”, dijo durante la presentación del programa.

Recordó que a finales de abril, el fisco publicó la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2019, en la cual se estableció que las empresas de este ámbito realicen retenciones de ISR e IVA a sus socios.

En el caso del ISR, la tasa de retención será entre 3 y 9%, mientras que para el IVA será una tasa reducida de 8 por ciento.

Arturo Herrera, subsecretario de Hacienda y Crédito Público (SHCP), expuso que una de las plataformas de servicio en transporte ya tiene registrados a 250,000 socios, pero de las plataformas mencionadas se calcula que sean 800,000.

“Esto les ayuda a tener beneficios financieros, pues al tener recibos sobre sus ingreso y de su pago fiscal lo podrán presentar en un banco y ello les podrá facilitar un crédito”.

Enfatizó que en total se pagarán tres tipos de impuestos: el ISR corporativo (a cargo de la empresa), el ISR individual (chofer o repartidor) y el IVA.

Tabla de tasas de retención

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Fuente El Economista

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