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Vehículos de personas con discapacidad pueden exentar el hoy no circula 

Los propietarios de los vehículos que transporten a personas con discapacidad o que requieran atención médica así como las dependencias que atienden contingencias pueden solicitar ante la Dirección General de Gestión de Calidad del Aire una autorización para exentar el Programa Hoy No Circula.

En trámite para las personas con discapacidad se emite una constancia, que consiste en un certificado y el holograma denominado Permiso Especial para exentar el Programa Hoy No Circula.

Los interesados tendrán que presentar en original y copia simple del formato DGGCA-03; el dictamen de discapacidad emitido por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIFDF).
Además de dos fotografías tamaño infantil, que deberán ser iguales a las que ostente la constancia de discapacidad, constancia médica en hoja membretada con antigüedad máxima de 60 días naturales y expedida por una institución pública oficial.

En la constancia médica se debe especificar de forma clara si la incapacidad es permanente, el tipo de padecimiento que imposibilita al paciente a transportarse en servicio público de pasajeros, la firma del médico especialista, el número de cedula profesional y el sello de la institución.

De igual manera, se debe llevar identificación de la persona con capacidades diferentes y en caso de ser menor de edad o paciente que no se valga por sí mismo, se requiere identificación de padre o tutor y del dueño del vehículo.

También es necesario presentar la tarjeta de circulación expedida por el Gobierno del Distrito Federal, exceptuando vehículos que cuenten con placas de carga y servicio público de pasajeros y la constancia de aprobación de verificación.

En el caso de las personas que requieren atención médica o las dependencias que atienden contingencias tendrán que llenar y presentar una solicitud, que se encuentra disponible en la página web http://www.sedema.df.gob.mx/sedema/…, que les permitirá exentar la medida ambiental por un día o hasta seis meses.

Además de la solicitud, se debe presentar la tarjeta de circulación, el documento que justifique la atención médica, identificación oficial, y en el caso de las dependencias se debe proporcionar el programa de renovación de flota anual e instalación de sistema de control de emisiones, así como el oficio firmado por el responsable del organismo.

De acuerdo con información de la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema), los vehículos a los que no aplica el programa son aquellos que cuenta con el holograma “Exento”, “doble cero” o “cero”, obtenido como parte del proceso de verificación vehicular, así como los que utilicen fuentes de energías no contaminantes o que no emitan contaminantes derivados de la combustión.

Los servicios de emergencia, médicos, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, servicios urbanos, cortejos fúnebres en servicio, transporte escolar, automóviles del servicio público federal de transporte de pasajeros con la autorización también pueden circular sin restricciones.

De igual manera, lo foráneos que tramitaron un Pase Turístico mediante la página web www.paseturistico.df.gob.mx, así como los tractores agrícolas, la maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera, las motocicletas, los vehículos eléctricos, los vehículos con matrícula de auto antiguo y/o clásico, automotores con matrícula de demostración y/o traslado.

Fuente La Razón 

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