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Va Senado contra abusos a pasajeros de aerolíneas

El Senado analizará en comisiones una reforma a la Ley de Aviación Civil para endurecer las medidas que aplicarán contra abusos que cometan las aerolíneas. 


La iniciativa, impulsada por la bancada del PRI, pretende facultar a los pasajeros para que, en caso de daño a sus bienes o su persona, puedan exigir el valor total de la pérdida, sin límite alguno.

El proyecto plantea la creación de una oficina especializada de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) con atribuciones para aplicar las sanciones y obligar al pago de indemnizaciones, de acuerdo con lo que determine el Ejecutivo, a través de la expedición de un reglamento.

Esto, pese al reciente recorte del presupuesto federal para 2015 de 124 mil millones de pesos, que incluye una reducción de alrededor de 8 mil 700 millones para la SCT.

“Se busca que los usuarios reciban una indemnización por el incumplimiento de las condiciones del servicio de transportación aéreo, mediante una valoración justa y real, que dependa de cada caso y de las afectaciones hechas por acción u omisión que hayan generado daños o perjuicios”, señala el documento, firmado por el senador Teófilo Torres Corzo.

De aprobarse la propuesta, el retraso en los vuelos, por más de tres horas, obligará a concesionarios y permisionarios a cubrir con una indemnización al pasajero afectado.

Según el senador, la legislación vigente no castiga a las aerolíneas por vuelos retrasados a diferencia de lo que ocurre en otros países, en particular los miembros de la Unión Europea.

La propuesta contempla que, en caso de cancelación de vuelo, de sobreventa de boletos o retrasos imputables a la aerolínea, los pasajeros tendrán derecho a transporte sustituto en el primer vuelo disponible, acceso a servicios de telefonía e internet y el reembolso del billete, si así lo desea el cliente.

También será complementado con una “indemnización justa e integral” que cubra el daño causado y que no podrá ser menor al 50 por ciento del precio del billete.

“Con ello se termina el cálculo restringido de la indemnización a determinado número de salarios mínimos y se elimina la figura de ‘responsabilidad limitada’ al 25 por ciento del valor de la pérdida económica”, indicó.

De acuerdo con la iniciativa, en caso de que el vuelo se cancele por causas imputables a la aerolínea, estará obligada a proporcionar transporte digno y oportuno hacia un lugar de alojamiento, cubrir el costo del hospedaje más los gastos por alimentos y regreso al aeropuerto.

En caso de condiciones meteorológicas adversas, será obligación del prestador del servicio tener un espacio acondicionado para atender tal situación y otorgar las facilidades, apoyos y atención suficiente para ayudar al cliente durante la contingencia.

Por otro lado, se deja en manos de los concesionarios o permisionarios el fijar las tarifas, pero deberán enviar su propuesta a la SCT que, a su vez, realizará consultas con la Profeco.

Finalmente, la propuesta aumenta el plazo de reclamación de 15 a 45 días hábiles, y de 90 a 180 días, para quien desee ejercer una acción para el pago de indemnizaciones.


Fuente La Razón 

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