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¿Qué es el Sea Way Bill?

Los Bill of Ladings y Sea Way Bills son los dos documentos básicos que garantizan el transporte de mercancías por agua tanto a nivel nacional como a nivel internacional.

El Bill of Lading y Sea Way Bill son muy diferentes y muchas veces generan confusión en su aplicación y uso.
El Sea Way Bill es evidencia del contrato de transporte y recibo de las mercancías por el transportista naviero. El Bill of Lading funge como contrato de transporte, recibo de las mercancías por el transportista naviero y documento de título.

El Sea Way Bill no es un documento de título, lo que significa que no puede ser utilizado para los procedimientos de negociación con el banco.

De acuerdo con las Reglas de Hague-Visby, si un denominado Bill of Lading se declara como “no negociable”, entonces no es un verdadero conocimiento de embarque, y debe de ser tratado como un Sea Way Bill.

Cabe mencionar que la única convención relacionada con transporte de mercancías y Bill of Ladings en vigor en México es la “Hague-Visby Rules”.

El Sea Way Bill, también conocido como Express Release Bill of Lading, es la variación más rápida de un Bill of Lading (conocimiento de embarque) y se utiliza en los casos en que el expedidor o remitente haya decidido de antemano liberar su control sobre la carga inmediatamente.

En este caso, un original nunca se emite. Cuando la carga es embarcada el expedidor recibe el Sea Way Bill como referencia únicamente. El expedidor y el importador no están obligados a entregar nada adicional a la empresa de transporte, por lo que la carga es liberada tan pronto como esté disponible en puerto.

Debido a que las copias de documentos pueden ser enviados electrónicamente por fax o correo electrónico, se elimina cualquier gasto de paquetería.

Se puede utilizar un Sea Way Bill cuando:

• El embarcador conoce muy bien al destinatario de la carga, por ejemplo, envíos entre empresas relacionadas.

• La mercancía no será comercializada o vendida durante el transporte.

• El pago de la mercancía se realiza a una cuenta con crédito aprobado o hay un grado de confianza muy alto entre el importador y el exportador.

No utilice un Sea Way Bill cuando desee condicionar la entrega de la mercancía contra el pago por parte del importador.

Es recomendable para el importador agilizar el proceso y alejarse de la utilización de documentos originales. De esta manera experimentará menos tiempo, gastos y frustraciones.

Sal Bañuelos, El autor del articulo es CEO y Presidente de AFS International – Agencia de cobranza comercial y factoraje de cuentas por cobrar. Web: fletesycobranza.com y factorajeenlinea.com

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