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El miedo de dejar el auto en el valet parking 

A poco no te ha pasado que en los estacionamientos te digan a la entrada: “la empresa no se hace responsable por daños, o por el robo total o parcial de tu vehículo güero” cuando lo dejas en su estacionamiento. Pues bien, lo cierto es que, si cobran por el servicio, tienen la obligación de tener con un seguro que cubra tu auto de robo o daños parciales. Para hacer válido el reclamo debes guardar el boleto, ya que sin este no te pagaran ni el te de tila para el coraje.

Por este motivo es importante que guardes el boleto del estacionamiento, mismo que debe contar con los siguientes datos:

nombre,
razón social
domicilio de la empresa o prestador del servicio;
RFC
números telefónicos
número del boleto;
tipo de estacionamiento con tarifa;
hora de entrada y salida;
número de placa.

¿Por qué están obligados a contar con un seguro?

La Ley de Establecimientos Mercantiles de la CDMX, establece que los lugares registrados para estacionamientos, están obligados a contar con un seguro que cubre hasta 645 mil pesos.

¿Qué puedo reclamar en los estacionamientos?

El seguro cumple cierto tipo de daños y perjuicios, según la modalidad del estacionamiento:
Autoservicio: Robo total, robo y daño parcial del vehículo, e incendio en el establecimiento si es atribuible al titular.

Robo total, robo y daño parcial del vehículo, robo o daño de accesorios mostrados al entregar el vehículo, e incendio en el establecimiento si es atribuible al titular.

En caso de inundación

En estos casos, es posible que el establecimiento no cubra este tipo de incidentes. Será cuestión de solicitar la póliza de seguro para verificar su alcance.

información: http://www.atraccion360.com

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