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Descuentos de 50 y 25 % en autobuses por vacaciones 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) anunció descuentos de 50 y 25 por ciento a estudiantes y maestros, respectivamente, en los servicios de autotransporte y ferroviario durante el actual periodo vacacional de diciembre.
La notificación en el Diario Oficial de la Federación, precisó que estos descuentos estarán vigentes entre el 19 y 30 de diciembre, de acuerdo con el calendario del periodo de vacaciones establecido por la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Explicó que los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros en clase primera y económica, deberán otorgar tarifas reducidas en un 50 y 25 por ciento respecto de los costos que se encuentren aplicando.
Dichas tarifas deberán estar a la vista del público para maestros y estudiantes, respectivamente, y éstos deberán acreditar su carácter ante los prestadores de servicios, mediante la exhibición de la credencial correspondiente en vigor, o en su defecto, a través de la constancia que para el efecto expida la escuela a la que pertenezcan.
La identificación deberá contener cuando menos el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.
Las credenciales con las que los maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho a descuento serán exclusivamente de las instituciones educativas integradas a los sistemas de educación de la SEP, direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas.
Entre ellas se encuentran la Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto Politécnico Nacional, universidades de toda la República, institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía, Colegio de Bachilleres, así como las escuelas incorporadas a las mismas.
Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta Circular, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias, deberán presentarse ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal; y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal.
O en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.

 

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